Apelo al Artículo 20.1 a) de la Constitución española y a la sentencia del TC (STC 235/2007) para publicar esto.

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Dato 1: Estuve en 4vschw1tz cuando tenía 15 años. Me impresionó y emocionó profundamente.

Dato 2: No lo niego. Pero, a día de hoy, cuestiono la cifra de los famosos 6 millones. Aunque si hubiese sido 1 (una) sola persona ya daba igual, en cualquier caso. Me mantengo escéptico y abierto a que me instruyan. Reivindico mi derecho a instruirme por mí mismo, más allá de la educación formal obligatoria que recibí hasta COU.

Dato 3: si se asoma por aquí algún nancy -o algún Flanders– a dejar sus heces verbales en los comentarios, que sepa que censuro todo de antemano y sólo dejo pasar

a) lo que a mí me apetece simplemente porque sí (lleva siendo mi política de moderación de comentarios por defecto desde 2005)

y/u/o

b) lo que cumple con las normas más básicas de convivencia entre Seres Humanos.

 

Dicho lo cual:

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Apelo al Artículo 20.1 a) de la Constitución española y a la sentencia del TC (STC 235/2007) para publicar esto:

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https://www.imdb.com/title/tt7528992/reviews/?ref_=tt_ururv_sm

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https://drive.google.com/file/d/1-FK45shTg00SHEw5Zh76K1RLw4r5_C8S/view?usp=sharing

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